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Reclamos de servicios

Animal muerto en la vía pública / plagas y roedores

El retiro de un animal muerto de la vía pública y el control de plagas/roedores en espacios públicos son tareas de higiene urbana del Municipio (Servicios Públicos / Zoonosis-Bromatología). Se reclaman al Municipio.

Las plagas por un baldío o terreno abandonado del vecino se encuadran en la Ord. 1420/2003 (el municipio intima al dueño y, si no limpia, lo hace a su cargo) — ver el tema "Baldío sucio o terreno abandonado". Arrojar animales muertos en la vía pública o baldíos es una falta (Digesto, multa 100 a 1000 N).

¿A quién llamo?
🦊 Guardafauna — Fauna Neuquén
Fauna FUERA del Parque: animal herido o atropellado, caza o tenencia ilegal.
Las normas que lo regulan
Ordenanza N° 1420/2003 — Baldíos
Ante terrenos que favorecen plagas, el municipio limpia a costa del responsable.
Ordenanza N° 4143/2024 — Digesto de Faltas
Art. 46: arrojar animales muertos/basura en la vía pública o baldíos, multa 100-1000 N.

Leímos las ordenanzas y resumimos la conclusión; cada norma citada arriba es la fuente. Si tu caso es especial, presentá la consulta al municipio. Guía actualizada al 28 de julio de 2026.

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