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Participación

Cómo participar: reclamos, notas, audiencias y acceso a la información

Tenés varios derechos garantizados, casi todos en la Carta Orgánica:

Presentar una nota o reclamo: derecho a peticionar y obtener respuesta (art. 17). Se presenta por Mesa de Entradas.
Pedir información pública: por la Ord. 1969/2007 cualquiera puede pedir información municipal sin abogado, sin explicar para qué, gratis; debe responderse en 5 días hábiles (+5 de prórroga); el silencio es negativa.
Banca del Vecino (art. 314): pedir una banca en el Concejo para exponer un tema.
Audiencia pública (art. 303): la pide el 3% del padrón, el Concejo o el intendente (consultiva, salvo presupuesto participativo territorial).
Iniciativa popular (art. 313): con >3% del padrón, proponer crear/modificar/derogar una ordenanza.
Revocatoria de mandato (art. 315): con el 30% del padrón.
Defensor del Pueblo (arts. 262-274): previsto y reglamentado, pero conviene verificar si está operativo.

¿A quién llamo?
🏛️ Municipalidad (Mesa de Entradas)
Presentás: notas, trámites y expedientes al municipio.
Las normas que lo regulan
Carta Orgánica, arts. 17 y 219
Derecho a peticionar y obtener respuesta; ventanilla única.
Ordenanza N° 1969/2007 (modif. 3141/2016) — Acceso a la Información
Sin abogado, sin acreditar interés, gratis; 5 días hábiles + 5 de prórroga; el silencio equivale a negativa.
Carta Orgánica, arts. 303-315
Banca del Vecino, audiencia pública, iniciativa y consulta popular, revocatoria de mandato.
Carta Orgánica, arts. 262-274
Defensoría del Pueblo (reglamentada; verificar si está en funcionamiento).

Leímos las ordenanzas y resumimos la conclusión; cada norma citada arriba es la fuente. Si tu caso es especial, presentá la consulta al municipio. Guía actualizada al 28 de julio de 2026.

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