Discapacidad: estacionamiento reservado, accesibilidad y derechos
Estacionamiento reservado: la Ord. 2787/2013 fija en la vía pública 1 espacio reservado por cuadra en cada mano (6×2 m sobre la calzada), señalizado con el símbolo internacional. En estacionamientos públicos/privados: de 6 a 20 lugares → 1; de 20 a 50 → 2; más de 50 → 1 cada 20.
Otros derechos: acceso gratuito a espectáculos públicos con el CUD y DNI (cupo 5%, extensible a 1 acompañante); libre acceso con perro guía (Ord. 2291/2009); y rampas de acceso a veredas obligatorias (Ords. 965/99 y 1419/03). El municipio adhirió a la ley provincial de accesibilidad 1634 y a la nacional 24.314. Existe un Consejo Municipal de Personas con Discapacidad (Ord. 2308/2009) y el Área de Accesibilidad municipal, adonde acudir.
Leímos las ordenanzas y resumimos la conclusión; cada norma citada arriba es la fuente. Si tu caso es especial, presentá la consulta al municipio. Guía actualizada al 28 de julio de 2026.