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Animales

¿Qué tengo que hacer con mi perro? (registro, correa, ataques)

La Ord. 2738/2013 (Control Canino) regula la tenencia:

Registro obligatorio del perro mayor de 3 meses + microchip y patente anual. No registrarlo: multa de 65 a 900 N.
• En la vía pública, correa obligatoria (multa 50 a 1000 N, el doble si reincide).
• Si te capturan el perro, tenés 72 horas para rescatarlo pagando multa.
• Si un perro ataca a una persona o a otro animal: la víctima presenta certificado y denuncia ante el Tribunal de Faltas; el animal queda en observación antirrábica 10 días; si se prueba la responsabilidad del dueño, multa de 100 a 1000 N.

Honestidad: la ordenanza no tiene una multa expresa por no recoger las heces (queda alcanzado por las normas generales de higiene) ni un régimen por "raza peligrosa": trata el ataque por el hecho, no por la raza.

¿A quién llamo?
🐾 Zoonosis Av. 7 Lagos y Huiliches — Of. 5
Pedís: castración y vacunación antirrábica. Reclamás perros sueltos o mordeduras.
Las normas que lo regulan
Ordenanza N° 2738/2013 — Control Canino
Registro >3 meses + microchip; correa en vía pública; rescate de capturados en 72 h; protocolo de ataque/mordedura.
Ordenanza N° 3089/2016 — Modificación
Extiende la castración a felinos.
Ordenanza N° 4143/2024 — Digesto de Faltas
Compendia y actualiza las multas (no registrar 65–900 N; sin correa 65–900 N; ataque 100–1000 N).

Leímos las ordenanzas y resumimos la conclusión; cada norma citada arriba es la fuente. Si tu caso es especial, presentá la consulta al municipio. Guía actualizada al 28 de julio de 2026.

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