InicioGuía de normas › Vereda y espacio público
Vereda y espacio público

¿Quién construye y mantiene la vereda: el municipio o el vecino?

En Villa La Angostura la vereda la construye y la mantiene el frentista (el dueño del lote), no el municipio (Ord. 3051/2015, "Veredas Reglamentarias"). La vereda es la franja entre el cordón cuneta y la línea municipal.

El material y los plazos los fija el Ejecutivo; en el área centro se exigen materiales antideslizantes. No hay un ancho único: surge de los modelos tipo según la zona. Si no construís o no mantenés la vereda, el municipio te intima y da 30 días hábiles antes de multar. La multa sale del Digesto de Faltas: 30 a 300 N por falta de construcción, reparación o mantenimiento de aceras (cada N equivale al precio de 1 litro de nafta especial).

¿A quién llamo?
🚧 Obras y Servicios Públicos Av. Nahuel Huapi y Calafate
Reclamás: baches, ripio, cordón cuneta, alumbrado público, recolección de residuos, desagües.
Las normas que lo regulan
Ordenanza N° 3051/2015 — Veredas Reglamentarias
La ejecución y el mantenimiento son del frentista; material/plazos los fija el Ejecutivo; en el centro, antideslizante; intimación previa de 30 días hábiles.
Ordenanza N° 3167/2016 — Modificación
Corrige la norma de faltas aplicable (Ord. 1169/01).
Ordenanza N° 1169/2001 — Digesto de Faltas
Art. 95: multa de 30 a 300 N por aceras no reglamentarias; el N equivale a 1 litro de nafta especial.

Leímos las ordenanzas y resumimos la conclusión; cada norma citada arriba es la fuente. Si tu caso es especial, presentá la consulta al municipio. Guía actualizada al 28 de julio de 2026.

Otras preguntas de Vereda y espacio público