¿Mi obra necesita un estudio de impacto ambiental? ¿Cuánto tarda y cuánto sale?
Depende del lote y del proyecto. La Ord. 1580/2004 obliga a completar un Cuestionario de Encuadre Ambiental durante la visación previa cuando se da al menos una de estas condiciones: pendiente media del lote mayor al 15%, bosque nativo en más del 60% de la superficie, lote sin luz y agua, lote en contacto con lagos, lagunas, arroyos o mallines o a menos de 50 metros de ellos, o depósitos de ceniza volcánica de más de 0,5 m. También por el proyecto: vivienda que supere el 80% del FOS o los 400 m², comercio que supere el 50% del FOS o los 200 m², más de 2 m³ diarios de efluentes, o proyectos susceptibles de subdivisión. Según el puntaje del cuestionario te piden un Encuadre Ambiental (documento menor) o directamente un Informe o un Estudio de Impacto Ambiental. Lo firma un profesional inscripto en el Registro Municipal de Consultores Ambientales y vale como declaración jurada. La tasa es de 610 puntos (su valor en pesos lo fija el Código Tarifario de cada año) y la paga quien ejecuta el proyecto. El municipio tiene 45 días corridos para expedirse y, si no lo hace, se consideran cumplidas las exigencias; si te observan el documento, tenés 10 días corridos para corregirlo.
Leímos las ordenanzas y resumimos la conclusión; cada norma citada arriba es la fuente. Si tu caso es especial, presentá la consulta al municipio. Guía actualizada al 28 de julio de 2026.