¿Puedo plantar un árbol en la vereda? ¿Y sacar el que está?
Podés, pero con reglas de ubicación: el arbolado de vereda debe plantarse a 0,70 m del cordón y con una separación entre árboles no menor a 3 metros; los arbustos que se planten no pueden pasar el metro de altura ni salirse del cantero, y las especies permitidas las reglamenta el Ejecutivo Municipal. Sacarlo o podarlo es otra cosa: el árbol de la vereda es arbolado urbano (espacio público) y toda extracción, despunte, poda, zanjeo o movimiento de suelo que pueda afectarlo necesita autorización previa de la dependencia municipal, que puede negarla por resolución fundada. Si sos un particular, se hace con autorización escrita y asesoramiento de esa dependencia; si es una empresa, necesita dirección de un ingeniero forestal, agrónomo o técnico forestal. Hacerlo sin permiso se multa de 200 N a 2000 N por cada ejemplar, más la obligación de reponerlo con la especie y en el lugar que indique el municipio.
Leímos las ordenanzas y resumimos la conclusión; cada norma citada arriba es la fuente. Si tu caso es especial, presentá la consulta al municipio. Guía actualizada al 28 de julio de 2026.