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Construcción

¿Qué necesito para construir o ampliar? Permiso de obra y planos

Ninguna obra puede empezar sin el permiso municipal. Requieren permiso: construir, ampliar, refaccionar, modificar estructuras de techo, demoler, excavar y subdividir. Solo requieren un aviso de obra (trámite simple) hacer la vereda o cambiar el cerco sobre la línea municipal. Las obras sin permiso son paralizadas por la inspección.

Los planos deben estar firmados por un profesional matriculado (arquitecto, ingeniero o maestro mayor de obras). El trámite tiene Visado Previo (respuesta 15 días hábiles) y luego Aprobación de planos (10 días). Hay que acreditar titularidad, libre deuda municipal, certificado de deslinde, planilla de Bosques, dos juegos de planos y pagar los derechos de edificación. El permiso para iniciar caduca a los 5 años y es obligatorio el cartel de obra de 0,50×0,70 m.

¿A quién llamo?
🏗️ Planificación e Infraestructura (Obras Particulares)
Gestionás: permiso de obra, planos, final de obra, subdivisión, uso del suelo, FOS y FOT.
📍 Av. Nahuel Huapi y Calafate — int. 23
⚠️ Dato de la web oficial, sin confirmar por teléfono
Las normas que lo regulan
Ordenanza N° 1415/2003 — Código de Edificación
Puntos 2.1: qué requiere permiso vs aviso de obra; 3.4–3.11: documentación, planos firmados, libre deuda, derechos; 3.13: caduca a 5 años; 3.14: cartel de obra.
Ordenanza N° 1415/2003 (puntos 3.23)
Solo profesionales matriculados (C.A.N. o C.P.A.G.I.N.) pueden proyectar y dirigir.
Ordenanza N° 314/1988
Código antecedente (1988), desglosado en 2003.

Leímos las ordenanzas y resumimos la conclusión; cada norma citada arriba es la fuente. Si tu caso es especial, presentá la consulta al municipio. Guía actualizada al 28 de julio de 2026.

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