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Construcción

¿Tengo que poner cartel de obra? ¿Qué tiene que decir?

Sí, es obligatorio y tiene que estar en el frente de la obra durante toda la construcción, legible desde la calle y en buen estado. El tamaño mínimo es 0,50 m x 0,70 m y tiene que llevar los nombres, títulos y matrículas de todos los profesionales que intervienen (proyectista, calculista, director técnico) y el número de expediente municipal. Además, el municipio controla que en el cartel figure también el constructor que hace la obra. Aparte del cartel, en la obra tiene que haber siempre una copia del permiso a disposición del inspector.

¿A quién llamo?
🏗️ Planificación e Infraestructura (Obras Particulares)
Gestionás: permiso de obra, planos, final de obra, subdivisión, uso del suelo, FOS y FOT.
📍 Av. Nahuel Huapi y Calafate — int. 23
⚠️ Dato de la web oficial, sin confirmar por teléfono
Las normas que lo regulan
Ordenanza N° 1415/2003 — Anexo I, punto 3.14 (Letrero de obra)
“Es obligatorio colocar en el frente de toda obra en ejecución un cartel en idioma nacional, de medi-”
Ordenanza N° 1415/2003 — Anexo I, punto 3.14
“das mínimas de 0,50 m x 0,70 m (cincuenta por setenta centímetros) que contendrá: Nombres, títulos y matrículas de todos los profesionales actuantes: Proyectista, Calculista, Director Técnico, etc. Número de expediente municipal.”
Ordenanza N° 2629/2012 — Art. 4
“El Departamento Ejecutivo Municipal verificará que en todos los trabajos en ejecución se incluya el constructor correspondiente en el cartel de obra.”
Ordenanza N° 1415/2003 — Anexo I, punto 3.15
“En la obra deberán encontrarse permanentemente una copia del Permiso de Obra a disposición del”

Leímos las ordenanzas y resumimos la conclusión; cada norma citada arriba es la fuente. Si tu caso es especial, presentá la consulta al municipio. Guía actualizada al 28 de julio de 2026.

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