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Vecinos
El perro del vecino anda suelto por la calle y asusta a la gente. ¿Qué se puede hacer?
Está prohibido que los perros estén sueltos en la vía pública, plazas y paseos. Solo pueden andar los que tengan toda la documentación municipal al día y vayan guiados por una persona con correa. El municipio puede capturar a los perros que deambulan, con personal capacitado. Al dueño le corresponde una multa de 65 N a 900 N según el Digesto de Faltas 2024 (el valor de la N lo fija el Código Tarifario anual). Si el mismo perro además está sin registrar, es otra infracción aparte.
¿A quién llamo?
🐾 Zoonosis Av. 7 Lagos y Huiliches — Of. 5
Pedís: castración y vacunación antirrábica. Reclamás perros sueltos o mordeduras.
Las normas que lo regulan
Ordenanza N° 4143/2024 — Art. 14°
“Se prohíbe la permanencia de perros patentados o no en la vía pública, plazas, paseos públicos.”
Ordenanza N° 4143/2024 — Art. 14°
“se establecerá al propietario, tenedor y/o responsable del animal una multa de 65 N a 900 N.- (Texto según artículo 22 de la ord. 2738/13)”
Ordenanza N° 2738/2013 — Art. 22°
“Solo podrán hacerlo aquellos que posean la totalidad de la documentación establecida por esta Ordenanza guiados por una persona mediante una correa.”
Ordenanza N° 2738/2013 — Art. 12°
“LA CAPTURA de perros que deambulan por la vía pública, se llevará a cabo por personal municipal debidamente capacitado y con el mínimo de sufrimiento físico y psíquico para el animal”
Leímos las ordenanzas y resumimos la conclusión; cada norma citada arriba es la fuente. Si tu caso es especial, presentá la consulta al municipio. Guía actualizada al 28 de julio de 2026.
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