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Comercio

Estoy trabajando sin habilitacion: ¿me pueden cerrar el local?

Sí. Si el municipio constata que ejercés una actividad comercial sin licencia y habilitación previa, clausura provisoriamente hasta que la obtengas, y manda las actuaciones al Tribunal de Faltas. Tenés 90 días hábiles desde la clausura provisoria para regularizar; si no lo hacés, la clausura pasa a ser definitiva de manera automática. La clausura definitiva además te impide durante un año sacar licencia o habilitación en el mismo rubro, ni a tu nombre, ni a nombre de sociedades que integres o de tus nombres de fantasía.

¿A quién llamo?
🏪 Dirección de Comercio (habilitaciones)
Gestionás: habilitación de comercios, carteles y publicidad, venta ambulante, ferias.
📍 Obispo de Nevares 32 — int. 107
⚠️ Dato de la web oficial, sin confirmar por teléfono
Las normas que lo regulan
Ordenanza N° 2235/2009 — Art. 14°
“procederá a prohibir el ejercicio de la actividad, mediante la clausura provisoria, hasta tanto se obtenga la Licencia y/o Habilitación Comercial.”
Ordenanza N° 2235/2009 — Art. 15°
“Si transcurridos noventa días hábiles desde la clausura provisoria dispuesta conforme al artículo anterior, el responsable no regularizara su situación, la clausura se convertirá en definitiva”
Ordenanza N° 2235/2009 — Art. 15°
“La Clausura definitiva importará para el afectado, y por el término de un año a partir de la notificación de la misma, la imposibilidad absoluta de obtener Licencias y/o Habilitación Comercial”

Leímos las ordenanzas y resumimos la conclusión; cada norma citada arriba es la fuente. Si tu caso es especial, presentá la consulta al municipio. Guía actualizada al 28 de julio de 2026.

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